Cumplimiento cuidadoso de las medidas sanitarias para evitar el deterioro del cuadro epidemiológico
Para evitar el deterioro de la situación epidemiológica en el país y pasar a las siguientes fases de la estrategia para el levantamiento gradual de las restricciones con cautela y seguridad, es necesaria la cooperación y la vigilancia de toda la sociedad.
Para evitar la reintroducción de restricciones y mantener el panorama epidemiológico a niveles manejables, se recuerdan las siguientes medidas que están en vigor hasta el 31 de marzo:
- El número máximo de personas que visitan un hogar es de cuatro (4) personas, independientemente de su edad.
- La circulación está prohibida desde las 11 p.m.
- hasta las 5 de la mañana del día siguiente.
- Se permite el acceso a parques, parques lineales, playas, plazas y senderos naturales del Departamento de Bosques, con un número máximo de seis (6) personas por grupo, independientemente de la edad.
- El número máximo de personas que asisten a los servicios religiosos u otras formas de culto religioso es de 50 personas, de conformidad con las directrices sanitarias.
- Se permiten bodas, bautizos y funerales con un máximo de 10 personas.
- Está prohibida la celebración de almuerzos y/o cenas relacionadas con bodas y bautizos.
- Todos los institutos privados y centros educativos pueden funcionar con un máximo de cinco (5) personas que asisten, incluido el tutor (4 alumnos+1 tutor).
- Se permite el funcionamiento de instalaciones deportivas al aire libre para el entrenamiento individual, siempre que el número de atletas no exceda de cinco (5) personas, incluido el entrenador.
- En grandes estadios de fútbol, se permite el entrenamiento de atletas con un número máximo de cinco personas por grupo, incluido el entrenador.
- El número total de personas por centro deportivo no puede exceder de 15 personas.
Se permite el funcionamiento de instalaciones deportivas de interior, siempre que:
- para instalaciones de hasta 80 metros cuadrados, el número máximo es de dos personas (2), incluido el entrenador/entrenador,
- para instalaciones superiores a 80 metros cuadrados y hasta 200 metros cuadrados, el número máximo de personas es de tres (3), incluido el entrenador/entrenador, y
- para instalaciones superiores a 200 metros cuadrados, el número máximo de personas es de cinco (5), incluido el entrenador/entrenador.
Por viotopo News
Fuente
https://www.pio.gov.cy/
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